La Corte de Apelaciones de Valdivia el pasado jueves 24 de marzo– la resolución dictada por el Primer Juzgado Civil de Valdivia, que condenó al Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu) de Los Ríos a pagar una indemnización a la empresa contratista Sociedad Constructora e Ingeniera Monte Blanco Limitada, por aumento de gastos en obras de conservación vial realizadas en la ciudad de La Unión entre los años 2011 y 2013.
En fallo unánime (causa rol 61-2016), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Darío Carretta, Marcia Undurraga y Fernando León – rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, que buscaba dejar sin efecto la sentencia de primera instancia del 1 de diciembre de 2015, que determinó -en su parte resolutiva- que el “SE HACE LUGAR con costas a la demanda de indemnización contractual interpuesta por la Sociedad Constructora e Ingeniera Monte Blanco Limitada, representada por don Hernan Augusto Moya Venegas, en contra del Servicio de Vivienda y Urbanización de Los Ríos, representado por su Director Regional don Fernando Vasquez Mardones, y se le condena a al pago en favor de la sociedad demandante la suma total de $91.940.364 (noventa y un millones novecientos cuarenta mil trescientos sesenta y cuatro pesos) por concepto de la indemnización contractual contemplada en los artículos 89 y 90 del D.S.236 del MINVU, por haberse acreditado que los aumentos otorgados mediante las resoluciones exentas N2766 de fecha 14/12/2012 y NN265 de fecha 15/03/2013 no resultan imputables a un incumplimiento por parte de la empresa demandante”.
El fallo en alzada eximió al Serviu Los Ríos del pago de las costas del juicio, por considerar que la demandada tuvo motivo plausible para litigar