Osorno: A penas efectivas de 10 y 7 años sentenciada pareja por homicidio frustrado de soldado 

Como consecuencia de las heridas sufridas con arma blanca, joven de 21 años quedó tetrapléjico. Tribunal Oral en lo Penal de Osorno dio por acreditada tesis de la Fiscalía en cuanto a que hubo dolo común de matar por parte de los dos acusados.  Penas son de cumplimiento efectivo.

A las penas de cumplimiento efectivo de 10 y 7 años, respectivamente, fueron condenados un hombre y una mujer que atacaron con arma blanca a un joven soldado. La víctima, de sólo 21 años al momento de los hechos, quedó tetrapléjico a raíz de las lesiones sufridas. Fiscal Jefe de Osorno, María Angélica de Miguel destacó que “lo importante de este fallo para la Fiscalía era tratar de obtener las penas más altas en este caso tan grave”.

Explicó la persecutora que “la complicación en esta causa estaba en que eran dos participantes y dos lesiones por arma blanca, en  las cuales la mujer lo apuñala en el estómago y la persona de sexo masculino lo apuñala en el cuello causándole él la tetraplegia. Nosotros fuimos por la teoría del homicidio frustrado respecto de los dos, o sea un dolo común de matar, y esta teoría fue aceptada por el tribunal y por lo tanto creemos que es un éxito para la persecución penal y la condena que se obtuvo creemos que está muy en conformidad a la gravedad de los hechos y finalmente los dos fueron condenados por homicidio frustrado”.

A través de la prueba pericial, testimonial y material presentada por la Fiscalía durante el desarrollo del juicio oral, se acreditó que en la madrugada del 7 de febrero de este año, la víctima fue abordada por Esteban Fabián Reyes Reyes y Adriana Nayarett Licandeo Treufo frente a un local nocturno “lo apuñalaron con armas corto punzantes en la zona del cuello y abdomen” –según indica el texto de la sentencia-, cayendo el joven al suelo, continuando las agresiones con golpes de pies para posteriormente huir del lugar. De acuerdo a la resolución pronunciada por el Tribunal Oral osornino, la víctima “resultó con una herida corto punzante cervical y herida punzante penetrante abdominal con riesgo vital, quedando tetrapléjico con secuelas permanentes”. Estos hechos, a juicio del Ministerio Público, constituyen el delito de homicidio frustrado, calificación jurídica que fue compartida por el Tribunal Oral.

 

Respecto de la coautoría, la sentencia indica que está acreditado “un actuar en conjunto, coherente, con alto grado de intensidad y agresividad, sin solución de continuidad hasta lograr el fin, en una dinámica de persecución y agresión”. Más adelante, y en relación al grado de ejecución del delito, el texto agrega que sus conductas se enmarcan en un delito frustrado “al haber en conjunto desplegado todo lo necesario para que el crimen se consumara, no verificándose por causas independientes a sus voluntades”.