Hemos cumplido un compromiso fundamental que asumimos con las mujeres de nuestro país.
La autoridad regional en Los Lagos Ingrid Johana Schulbach, se refirió a lo dictaminado por el Tribunal Constitucional que rechazó los requerimientos de inconstitucionalidad presentados respecto de normas del proyecto de Ley que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo.
Tras dos años y medio de debate parlamentario, el pasado miércoles 2 de agosto el proyecto de interrupción voluntaria del embrazo culminó su tramitación legislativa. El informe de la comisión mixta fue aprobado en la Sala de la Cámara de Diputados por 70 votos a favor, 45 votos en contra y 1 abstención. En el Senado se aprobó por 22 votos a favor y 13 en contra.
Para lograr su total tramitación se esperaba la decisión del Tribunal Constitucional respecto al requerimiento realizado por la oposición, a pesar de ser aprobada por el Congreso Nacional con amplia mayoría y luego de una larga discusión en el parlamento que incluyó la exposición de las más diversas opiniones en esta materia.
Es por ello que para el Gobierno es un verdadero hito que el Tribunal constitucional haya determinado rechazar los requerimientos de inconstitucionalidad esgrimidos por la oposición. Así lo manifestó la Seremi del Ministerio de la mujer y equidad de género Ingrid Johana Schulbach, quien indicó que “la promulgación de esta ley es un hito histórico para nuestro país y para el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet. Esto se logró después de 2 años y medio de debate parlamentario y que culmina con el rechazo de los requerimientos de inconstitucionalidad, realizado por la oposición”.
La autoridad agregó que “respecto al detalle de cómo se va a ejecutar esta normativa, éste se elaborará en virtud de la objeción de conciencia acogida por el Tribunal constitucional, organismo que dará a conocer el lunes 28 de agosto las argumentaciones de los votos de mayoría, prevenciones y disidencias en el marco del informe que contendrá el fallo definitivo del TC”.
Finalmente Schulbach señalo que “es importante para el Ministerio de la mujer y equidad de género destacar que esta ley no obliga a nadie a tomar decisiones, sino que brinda opciones tanto a las mujeres, niñas y adolescentes y ofrecerles un espacio de discernimiento ante las situaciones dolorosas y traumáticas que han vivido con la certeza de acceder a una prestación de salud segura en el comento que corresponda”.
3 causales
El proyecto que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales se hace cargo de experiencias de vida críticas. Esas situaciones se presentan cuando debe interrumpirse un embarazo para evitar un peligro para la vida de la mujer cuando el embrión o feto padezca una alteración estructural congénita o genética de carácter letal, o cuando el embarazo es producto de una violación.
La normativa vigente sobre interrupción del embarazo, que la prohíbe sin excepciones, no responde al trato digno que el Estado de Chile debe otorgar a sus ciudadanas en estas situaciones y sitúa a nuestro país como uno de los nueve en el mundo que lo criminaliza en todas sus modalidades, entre los que están la Ciudad del Vaticano, Malta, Nicaragua, El Salvador, República Dominicana, Honduras, Haití y Surinam.
Los hechos han demostrado que la prohibición absoluta y la criminalización de toda forma de interrupción del embarazo no han impedido ni impiden su práctica en condiciones de riesgo para la vida y salud de las mujeres, y, por el contrario, se traducen en una vulneración de sus derechos. Esto representa un problema social del cual debe hacerse cargo cabalmente el Estado.
Los derechos de las mujeres están en el centro de esta propuesta. Por esa razón, las tres causales de interrupción legal del embarazo que el proyecto aborda, exigen como presupuesto de cada una la expresión de voluntad libre de la mujer, sin la cual dicha interrupción no puede tener lugar. En los casos específicos en que la mujer es incapaz, está incapacitada o cuando es menor de 14 años, el proyecto propone reglas especiales para resguardar su voluntad.
El Estado, en estas situaciones extremas, no puede imponer una decisión a las mujeres, ni penalizarlas, sino entregar alternativas, respetando su voluntad, ya sea que deseen continuar el embarazo u optar por interrumpirlo, para asegurar el pleno respeto de sus derechos.