Natalia Hernández

Docente de Derecho Internacional

Escuela de Derecho

Universidad Santo Tomás

Puerto Montt

 

No cabe duda que el fallo emitido por la Corte Internacional de Justicia en el caso Chile-Bolivia fue sólido y contundente desde el punto de vista jurídico. No sólo declaró que Chile nunca ha adquirido la obligación jurídica de negociar una salida soberana al mar para Bolivia, sino que además reafirmó la vigencia y validez del tratado de 1904 que establece los límites y fronteras con nuestro país vecino, echando por tierra la teoría de las expectativas legítimas que pretendía sostener Bolivia en la Haya como argumento principal de su petición.

 

Pues bien en este favorable escenario jurídico para nuestro país, con un fallo que además es inapelable, es importante tener cautela y preguntarse si es que la relacio que hubiera falladoses vecinostente

nacionales a quinesflicto que hemos tenido con Bolivia por decadas ón de enemistad y conflicto permanente que hemos tenido con Bolivia por décadas llegará a su fin.

 

Lo cierto es que Bolivia consagró en el año 2008 en su Constitución Política la obligación irrenunciable a una salida soberana al mar, mandato dirigido a sus autoridades, independiente del gobierno de turno. En ese sentido es evidente que independiente de lo que hubiera fallado la Corte Internacional de Justicia el problema no terminará aquí, pues es su propia Constitución la que los obliga a intentar todos los caminos posibles para conseguir su objetivo, mandato que Evo Morales se ha tomado muy en serio.

 

Si bien el conflicto tiene una perspectiva jurídica que ya está resuelta con el fallo de la Corte, lo cierto es que es necesario mirarlo desde el punto de vista político y en ese sentido Chile tiene la misión de construir una política exterior de largo plazo que trascienda los gobiernos de turno con el objeto de lograr establecer bases sólidas para una convivencia pacífica con nuestros países vecinos.