A la pena de cumplimiento efectivo de 5 años y un día de cárcel, fue sentenciado un carabinero de Calbuco que fue condenado en juicio oral por el delito de violencia innecesaria con resultado de muerte. Caso fue investigado por el Fiscal Marcelo Maldonado González, quien señaló que esta sentencia “renueva y remarca el compromiso que como Fiscalía tenemos para con las víctimas de un hecho de este tipo de naturaleza”.
El persecutor, jefe de la Fiscalía Local de Calbuco, apuntó que “como Fiscalía valoramos esta sentencia porque recoge lo que la familia nos había solicitado que poder hacer justicia” y recalcó que se desarrolló una investigación “con características de haber sido objetiva, una investigación prolija, que dio con quienes eran las personas que pudieron estar involucradas en este hecho y finalmente obtuvimos esta condena que viene claramente a generar la justicia que la propia familia estaba solicitando”.
Luego de la prueba testimonial, pericial y documental incorporada por la Fiscalía durante el desarrollo del juicio oral, el Tribunal dio por acreditado que los hechos ocurrieron el 02 de julio de 2017, oportunidad en que Jorge González Oyarzo perdió la vida en el contexto de un control policial. A eso de las 21.30 horas de ese día, carabineros que patrullaban en el sector de Avenida Brasil, comuna de Calbuco, practicaron un procedimiento de la ley de alcoholes por haber sorprendido a un grupo de personas bebiendo alcohol en la vía pública y/o en estado de ebriedad. Entre los controlados se encontraba la víctima, quien se hallaba en estado de ebriedad, en una plataforma de hormigón, aledaña a la playa. Uno de los funcionarios policiales empleó –de acuerdo a la sentencia- “sin causa justificada violencias innecesarias, golpeándolo con uno de sus hombros en la zona superior del cuerpo, lo que provocó que éste perdiera el equilibrio y cayera de espaldas, desde una altura cercana a los dos metros, golpeándose la cabeza en una rampla de concreto existente en el lugar, resultando el referido, a raíz de dicho golpe en la cabeza, con una fractura oblicuo fronto témporo parietal derecha, que desencadenó un traumatismo cráneo encefálico, el que tras provocarle una depresión respiratoria determinó su muerte”.
Conforme a lo señalado en la resolución del Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt, el Cabo 2° de carabineros Fabián Cortez Torres fue condenado a la pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, en calidad de autor del delito consumado de violencias innecesarias con resultado de muerte en la persona de Jorge González Oyarzo.