El Seremi de Bienes Nacionales, Jorge Moreno y el Director Regional (s) del Sernac, Blas González, se reunieron para analizar los alcances de denuncias por anuncios de ventas de playas privadas en la región, indicando que quieres incurran en esta práctica, arriesgan penas desde 300 a 1500 UTM.
Jorge Moreno, explicó que “la reunión que sostuvimos fue relativa a la denuncia que se realizó en Santiago de aquellos corredores de propiedades que estaban ofreciendo sitios con playas privadas, fuimos claros y categóricos, como dijo el Ministro Felipe Ward, que en Chile no existen playas privadas, son bienes nacionales de uso público cuyo acceso es libre para todos los ciudadanos de Chile a través de un paso peatonal”.
Hace unos días, el Ministro de Bienes Nacionales, Felipe Ward, entregó al subdirector del Sernac, Jean Pierre Couchot, una treintena de casos de avisos publicitarios que ofrecen arriendo o venta de inmuebles y terrenos con “playas privadas”, eventualmente vulnerando la Ley sobre Protección de los Derechos del Consumidor “Hacemos entrega de 31 casos que dan cuenta de una eventual vulneración a lo que establece la Ley de Protección de Derechos del Consumidor. Acá hay publicidad engañosa, la defensa que ha hecho el Ministerio de Bienes Nacionales, en relación a los Bienes Nacionales de Uso Público, como son las playas, hoy tienen un nuevo capítulo con estas personas que venden o arriendan propiedades y que incluyen playas privadas”.
Así mismo en la región, explicó Moreno que, “tuvimos 3 denuncias y esas denuncias se están tramitando a nivel central, el director de Sernac nos explicaba las multas a las cuales se pueden ver expuestos aquellas personas que ofrezcan ciertos atributos a los productos que venden, en este caso el atributo que se otorgaba a estos inmuebles que ofrecían estos corredores de propiedades era justamente una playa privada y las infracciones pueden llegar hasta 1500 UTM es decir cerca de 75 millones de pesos, sin duda una multa altísima que creo que las personas que se dedican a este rubro tendrán en cuenta, a la hora de volver a ofrecer playas privadas” agregó.
Según el Código Civil, las playas son bienes nacionales de uso público. Esto implica que el dominio y su uso pertenecen a todos los habitantes de la nación. Por lo tanto, no existen las playas privadas. Adicionalmente, el Decreto Ley Nº 1939 de 1977, en su artículo 13, explicita que “los propietarios de terrenos colindantes con playas de mar, ríos o lagos, deberán facilitar gratuitamente el acceso a éstos para fines turísticos y de pesca cuando no existan otras vías o caminos públicos al efecto”.