Municipios actualizan ordenanzas sobre incendios ante graves siniestros en el país
#elcalbucano
La ACHM en conjunto con la Asociación de la Región de la Araucanía y con el aporte de la Oficina Nacional de Emergencia y CONAF de la región, prepararon la primera “Ordenanza Municipal de Prevención y Gestión de Riesgos Comunales Producto de Incendios Forestales”, orientada al cumplimiento de las normas de protección medio ambientales.
Actualmente se conocen cerca de 179 incendios activos a lo largo de todo el país. Las regiones afectadas son desde Valparaíso hasta Los Lagos con incendios de gran magnitud, especialmente en O’Higgins, en Ñuble en Quillón con cerca de 1.600 hectáreas y La Araucanía, en Los Sauces-Angol, con cerca de 10 mil hectáreas.
La ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, señala que se debe disponer, dentro del ámbito de su territorio, aquellas medidas tendientes a definir y señalar las distintas acciones que son necesarias de aplicar, por parte de la comunidad en conjunto con
Jaime Belmar, Secretario Ejecutivo de la ACHM señaló que, «En nuestro país la mayor parte de los incendios, y en especial los ocurridos en la última década, han tenido su origen principalmente en la acción del ser humano, sea por negligencia, descuido o intencionalidad, dañando gravemente el medio ambiente y destruyendo recursos naturales, además de bienes públicos y privados».
Belmar remarcó que “Hemos hecho una gran tarea con autoridades municipales, expertos y académicos para definir finalmente esta ordenanza tipo, la cual dispone normas generales y obligatorias que le serán aplicables a la comunidad, vecinos residentes o no en la comuna y que se refieren al cuidado del medio ambiente y de sus recursos naturales”.
En materia de incendios forestales, como en muchos otros temas que afectan a las comunidades, los municipios son siempre los primeros en actuar en la fase de respuesta de la emergencia como asimismo en la fase de recuperación, sin embargo, faltaba un instrumento que contuviera normas generales y obligatorias aplicables a la comunidad en esta materia, que les permitiese, sin estar dotados directamente de facultades para actuar en la prevención de los incendios forestales, participar de las fases de mitigación y preparación del ciclo del riesgo de desastres en incendios forestales.