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El Consejo para la Transparencia (CPLT) acogió una solicitud de información a la Subsecretaría de Justicia, que contempla la entrega de memorias explicativas, balances y documentos asociados a actos de fiscalización a corporaciones y asociaciones municipales presentados ante dicho organismo.
La entidad reclamada había denegado el acceso a antecedentes correspondientes a los años 2019, 2020 y 2021. Lo anterior, argumentando la causal de distracción indebida de sus funcionarios, dado que ello implicaría la tarea de “revisar los antecedentes de cada una de estas organizaciones para determinar si efectivamente corresponden a corporaciones municipales, idéntica labor que la corresponderá a las Secretarías Regionales Ministeriales, las que igualmente deberán designar un funcionario con dedicación exclusiva para la búsqueda, desarchivo y digitalización; labor que puede tardar tres semanas”.
En el contexto del amparo, la persona que presentó el reclamo aludió a la necesidad de aclarar las formas de verificación del cumplimiento de la ley por parte de las asociaciones y corporaciones municipales. En el caso del Consejo para la Transparencia, en la decisión del amparo (rol C7912-21) estableció que: “contar con dichos antecedentes debidamente sistematizados constituye una herramienta eficaz que permite el debido control social”.
La presente decisión debe cumplirse en el plazo de 10 días hábiles a partir de la fecha en que las partes fueron notificadas -lo que ocurrió a principios de febrero-. Sin perjuicio de lo anterior, existe la posibilidad de que el organismo establezca otras acciones judiciales.