Derecho a una vida libre de violencia de género presente en el borrador de la nueva Constitución
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La norma presentada por la Comisión de Principios Constitucionales se aprobó con una amplia mayoría de votos en el Pleno de la Convención.
Un nueva sesión de votaciones se llevó a cabo este lunes 18 de enero en la Convención Constitucional, donde la comisión de Principios Constitucionales fue la protagonista. La instancia presentó el informe del bloque IV que busca consagrar derechos para las personas mayores; igualdad de oportunidades y remuneraciones en el trabajo, entre otros. Las iniciativas corresponden a aquellas derivadas desde la comisión de Derechos Fundamentales, debido al gran número de normas que dicha comisión recibió.
De este informe, las y los constituyentes aprobaron total o parcialmente cinco artículos, que se integran al borrador de la nueva Constitución. En tanto, otros siete artículos e incisos fueron devueltos a la comisión para que esta presente una segunda propuesta de redacción.
Uno de los temas más comentados en el debate del pleno, y que obtuvo especial atención de los diversos constituyentes, fue la norma sobre el “derecho a una vida libre de violencia de género”. La discusión fue acompañada por una manifestación feminista y de otras organizaciones en el frontis de la sede de la Convención, con un memorial para mujeres víctimas de femicidio y de violencia de género.
Esta norma obtuvo una amplia mayoría de votos a favor, 127 para su inciso primero, y 120 en el segundo; y lleva el siguiente articulado:
“Derecho a una vida libre de violencia de género. El Estado garantiza y promueve el derecho de las mujeres, niñas, diversidades y disidencias sexogenéricas a una vida libre de violencia de género en todas sus manifestaciones, tanto en el ámbito público como privado, sea que provenga de particulares, instituciones o agentes del Estado.
El Estado deberá adoptar las medidas necesarias para erradicar todo tipo de violencia de género y los patrones socioculturales que la posibilitan, actuando con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar dicha violencia, así como brindar atención, protección y reparación integral a las víctimas, considerando especialmente las situaciones de vulnerabilidad en que puedan hallarse.”
Otros derechos consagrados
Las y los constituyentes también respaldaron normas sobre derechos de las personas en situación de discapacidad. De este modo, se les reconoce como sujetos de derechos en igualdad de condiciones que el resto de la población. Asimismo, se consagra el derecho a la accesibilidad universal, la inclusión social, inserción laboral, entre otras. Para ello, la ley arbitrará los medios necesarios para identificar y remover las barreras físicas, sociales, culturales y de otra índole para facilitar el ejercicio de sus derechos.
Sobre los derechos de las personas mayores, el foco estuvo en puntos como envejecer con dignidad, con la garantía de contar con prestaciones de seguridad social y pensiones dignas, periódicamente actualizadas, y el cuidado y protección en razón de su edad; y de las niñas, niños y adolescentes, buscando la erradicación de la violencia contra la niñez y resguardar sus intereses.
“Acá hay un valioso aporte de la Constituyente en tres grandes temas: niños, niñas y adolescentes, pero también para personas mayores y personas con discapacidad. Son personas que a través de distintas organizaciones sociales, levantaron propuestas populares, fueron debatidas en las comisiones y han sido nombradas de distintas maneras en otros derechos y esperaban que se pudieran especificar en la comisión”, explicó la coordinadora Loreto Vallejos.