Desde el 14 de junio, las Micro, Pequeñas y Medianas empresas pueden postular a un beneficio que busca apoyar el pago de remuneraciones de los trabajadores debido al reciente aumento del sueldo mínimo de $350.000 a $380.000 y en agosto a $400.000.
“Este subsidio enmarcado en la Ley N°21.456 asciende a un monto de $22.000 para los meses de mayo y junio, y $26.000 a partir de agosto para cada trabajador dependiente contratado que reciba el sueldo mínimo. Además, el subsidio sufriría un aumento en enero de 2023 si es que a diciembre de 2022 la inflación acumula un alza sobre el 7% durante doce meses”, explica Camila Castro, Directora de la Carrera de Contador Auditor del Campus Virtual de Universidad de Las Américas.
La profesional explica que el beneficio contempla el pago para MiPymes que cumplan los siguientes requisitos:
- Cuenten con inicio de actividades en primera categoría ante el Servicio de Impuestos Internos antes del 1 de agosto de 2022 como persona natural o jurídica, incluyendo cooperativas.
- Ingresos por ventas o servicios del giro superiores a 0.01 UF e inferiores o iguales a 100.000 UF durante el año 2021.
- Tener uno o más trabajadores con sueldo mínimo.
- Aplica para personas jurídicas sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022.
“Quienes no pueden acceder a este beneficio son las sociedades EIRL o SPA en que el dueño o uno de los accionistas sea el único trabajador, aquellas empresas con inicio de actividades a partir del 30 de abril de 2022 que cuenten con un socio o accionista que sea persona jurídica, y las empresas cuyo giro sea actividad financiera y de seguros”, aclara la profesional de Universidad de Las Américas.
Cabe destacar que el Servicio de Impuestos Internos utilizará diversas fuentes de información de las empresas para el cálculo de los ingresos anuales y los sueldos percibidos por los trabajadores, entre ellas Formulario 29, Formulario 22, Registro de compras y ventas, boletas de honorarios electrónicas y Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
La académica de UDLA precisa que las empresas deben postular por única vez en la página web del Servicio de Impuestos Internos (www.sii.cl) a partir del 14 de junio, recibiendo el pago correspondiente a mayo 15 días después. Para los próximos meses el monto del beneficio se podrá consultar desde el día 11 y hasta el último día de cada mes. La plataforma indicará automáticamente si la empresa puede acceder al beneficio y el monto del mismo.
Camila Castro finaliza señalando que “se recomienda a los empleadores no perder esta oportunidad de postular considerando los diversos eventos en materia económica que están sucediendo a nivel nacional y que perjudican la liquidez de las empresas”.