Guillermo Fuentes Contreras
Director carrera Contador Auditor UCEN
El secreto bancario es la obligación impuesta a los bancos de no revelar a terceros, sin causa justificada, los datos de sus clientes que llegan a su conocimiento como consecuencia de las relaciones jurídicas que los vinculan. El 30 de junio reciente, se ha publicado en el Diario Oficial que las entidades financieras deberán proporcionar al Servicio de Impuestos Internos (SII), información sobre los saldos de productos o instrumentos de captación e inversión, así como las sumas de abonos que mantengan sus titulares, sean personas naturales o jurídicas.
Las entidades financieras tendrán que reportar al SII, detalles sobre cuentas corrientes bancarias, depósitos a plazo, depósitos a la vista o vales vista, cuentas a la vista, cuentas de ahorro a plazo, cuentas de ahorro a la vista, cuentas de ahorro a plazo para la vivienda, cuentas de ahorro a plazo con giros diferidos y cuentas de ahorro a plazo para la Educación Superior; siempre y cuando el saldo, así como la suma de los depósitos efectuados a los titulares individualmente considerados o en su conjunto, registren un movimiento diario, semanal o mensual, igual o superior a UF 1.500.
Si bien esta ley busca enfrentar la elusión o evasión tributaria, asoma como medida subyacente al lavado de activos y al narcotráfico pues, repercutirá en aquellas transacciones o activos de procedencia ilícita, con apariencia de legalidad, que permite a delincuentes y organizaciones criminales disfrazar el origen ilegal de su producto, sin poner en peligro su fuente. Se inicia así la transparencia de una serie de transacciones, como los depósitos en distintos productos bancarios, el financiamiento de campañas políticas y también un respiro a la fallida guerra contra el narcotráfico.
Finalmente, el SII tendrá la facultad para revisar a aquellos contribuyentes de operaciones
sospechosas, pero, hecha la ley hecha la trampa: los actores irregulares podrían diversificarse o “multibancarizarse” para sortear los efectos de esta ley.