Servicios de estética en jaque por el pago de IVA en 2023
Los esteticistas no constituyen personal médico, pero comparten giros de impuestos que los mantienen en vilo, pues, la norma, deja afectos a IVA a hospitales y centros médicos supervisados por el Ministerio de Salud, con exención para los ambulatorios.
Luego de la promulgación de la Ley 21.420, que establece el pago de IVA a los servicios profesionales, han surgido dudas sobre su implementación. Claudia Valdés, gerente general de BBSC, reconoce ciertos cuestionamientos que requieren respuesta inmediata, como el uso compartido de giros de impuestos entre rubros afectos y exentos, lo cual mantiene en vilo a los contribuyentes.
El 31 de diciembre de 2022 se acabará el plazo para que los profesionales que prestan servicios en Chile hagan los arreglos necesarios para iniciar, al día siguiente, con el cumplimiento de la nueva normativa: el pago de IVA. Sin embargo, algunas empresas aún no resuelven si quedarán exentos o afectos al 19%, ya que los giros son compartidos.
¿Qué quiere decir esto? De acuerdo con la Ley 21.420 promulgada en febrero de 2022, sólo quienes pertenezcan a sociedades profesionales que se dediquen a servicios educacionales o sean parte del área de los procedimientos ambulatorios de salud, quedarán libres de la obligación del pago de IVA, mientras que los demás, como las asesorías técnicas o las consultorías, deberán pagar.
De ahí la preocupación, por ejemplo, de los esteticistas. Dichos profesionales no son considerados personal médico, pero comparten giros de impuestos, como los servicios de carácter ambulatorio, que los hacen dudar. “La norma, al hacer este cambio, deja afecto a IVA a los hospitales, a los centros médicos y a todos los servicios análogos que estén bajo la mirada del Ministerio de Salud. La exención es que sean ambulatorios”, explica Claudia Valdés Muñoz. De ahí que, las clínicas estéticas queden “en el limbo”.
Evelyn Olivares lleva varios años trabajando de manera independiente en el área de la estética profesional y cree que este cambio podría impactar su trabajo. Durante la pandemia su rubro se paralizó, lo que afectó significativamente su economía. “Imagínate si ahora tuviera que pagar por ejercer. Tendría que subir el precio. Me pasa ya con las maquinitas para cobrar con débito. Tendría que pagar algo así como dos impuestos. Tendríamos que subir los precios para que siga siendo conveniente”, señala.
Para la esteticista, la aclaración de si serán exentos o no es importante y urgente. Por eso, la especialista en asesoría tributaria y contable de BBSC recuerda que es primordial buscar el consejo profesional, de modo que los contadores puedan verificar los giros de actividad económica. “Nos parece prudente precisar cuál va a ser el pronunciamiento, toda vez que están en ese borde legal”, indica Claudia Valdés Muñoz, que ya levantó la consulta a la autoridad fiscal.