Cajero Acusado de Acoso Sexual Gana Demanda contra Walmart
por Despido Injustificado que Vulneró sus Derechos
- El 2do Juzgado de Letras de Santiago acogió demanda presentada por la abogada laboral Cristina Melo, en representación de trabajador, que fue injustamente acusado por Walmart de acoso sexual, y empresa deberá pagarle $10 millones.
- Fallo estableció que despido fue discriminatorio por su condición de homosexualidad y que no existieron pruebas verídicas para tal acusación, la que fue descartada por el tribunal.
La abogada laboral, Cristina Melo, ganó demanda contra Supermercados Hiper Ltda por despido injustificado de cajero de sucursal Alameda, acusado injustamente de supuestas conductas de acoso sexual en contra de guardia compañero de trabajo. Durante el juicio, la empresa no presentó pruebas efectivas para sustentar dicha acusación.
El segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago resolvió que Walmart “vulneró la garantía fundamental de no discriminación del trabajador y de no ser afectado en la integridad psíquica”, prevista en el artículo 19 N° 1° y 16 de la Constitución Política de la República. Por ello, la condenó a pagar $10 millones más intereses, entre sumas por indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicios y recargo legal del 80% solicitado.
“Estamos frente a una sentencia firme y ejecutoriada, -frente a la cual ya no quedan instancias de reclamo-, que da cuenta de que respecto de las prácticas laborales no hay doble lectura. Ninguna empresa, por grande que sea puede estar al margen de la ley. Sobre todo en el escenario actual, es indispensable que tanto empleadores como trabajadores sean rigurosos y cumplan a cabalidad la normativa, guiándose por la ciudadanía laboral para reducir todo tipo de abusos”, concluyó la abogada del trabajador, Cristina Melo. Detalles del fallo
La jueza titular del Juzgado de Letras de Santiago, Maritza Vásquez Díaz, resolvió que la desvinculación ejecutada por Walmart en mayo 2021 fue irregular por haber sido vulnerada la garantía de no discriminación y de integridad psíquica del trabajador, y condenó a la empresa a una serie de pagos indemnizatorios.
“Los hechos de despido consistentes en una conducta inapropiada de connotación libidinosa o lasciva respecto del guardia de seguridad y clientes del mismo sexo por parte del trabajador no fueron acreditadas”, por el ” contrario, se advierte que la empresa cambia el trato otorgado al actor luego de que se da a conocer su homosexualidad, como lo reconocen los funcionarios del supermercado que declararon en el procedimiento de investigación que llevó a cabo el empleador, demostrándose que se le despidió por este motivo”, detalla en el fallo.
Además señala que “Se acogerá la demanda puesto que si bien la denuncia recibida fue investigada de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento Interno de la empresa, no es menos cierto que tal investigación no respetó las reglas mínimas del debido proceso, en la medida que el inicio de la misma no fue debidamente notificado al trabajador; concluida la investigación, no consta la forma en que se notificó al trabajador del sumario y sus conclusiones; no se respetó el plazo que el trabajador investigado tenía para hacer observaciones y acompañar nuevos antecedentes lo que causa indefensión y finalmente no se respetó el plazo que el investigado tenía para deducir apelación en contra del proceso investigativo y sus conclusiones conforme al Reglamento.”
Frente a dicha sentencia definitiva, emitida en noviembre del año pasado, la empresa de retail presentó un recurso de nulidad, el que fue revisado y rechazado por la corte el 4 de abril de este año.
Antecedentes
El ex cajero fue despedido el día 19 de mayo de 2021 por las causales del artículo 160 N° 1 letra b) y 7 del Código del Trabajo. En su carta de despido se le imputaron 2 conductas de hostigamiento y acoso denunciadas por la Presidenta del Sindicato Líder Alameda, pero el Tribunal desestimó dichas acciones, estableciendo que en realidad los hechos ahí establecidos atentarían contra sus derechos.
En sus años de servicio, el trabajador se desempeñó como cajero, sin inconveniente alguno, ya que no existen indicios de que haya sido amonestado ni se le haya llamado la atención por su comportamiento funcionario, tal como se desprende de las calificaciones de desempeño funcionario exhibidos por el empleador.
La única denuncia que existe hacia él es la que dice relación con supuestamente haber mirado lascivamente a un guardia mientras se cambiaba de ropa en camarines, la que habría estado sustentada en testimonios de compañeras de trabajo, que señalaban que el trabajador se habría hiperventilado desde que hizo pública su orientación sexual. Sin embargo, dichos testimonios no tienen ninguna vinculación directa con la situación puntual acusada, ya que dichos testigos no estuvieron presentes en los hechos mencionados, detalló la abogada.
Por ello, la abogada del trabajador, Cristina Melo, enfatizó que el fallo refleja claramente que “no basta con una acusación, se deben tener pruebas, porque existen derechos de los trabajadores, que si son vulnerados pueden acogerse a una legítima defensa. Es importante, revisar siempre la argumentación de la carta de despido, la que debe ajustarse al código laboral”.