A partir del pasado el 11 de agosto, las personas usuarias que se atrasen en la restitución de obras, solo quedarán privadas de solicitar nuevos préstamos desde cualquiera de las bibliotecas que forman parte del SNBP.
La Seremi de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Cristina Añasco informó que, a contar del 11 de agosto de este año, comenzó a regir el Decreto CVE 2359231 que pone término a las multas monetarias por la devolución fuera de plazo de los libros entregados en préstamos a usuarios por parte de bibliotecas públicas.
La autoridad explicó que, “significa que las personas usuarias que devuelvan libros de manera tardía quedarán privadas de retirar libros en préstamo desde cualquiera de las bibliotecas que forman parte del Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas (SNBP) o de bibliotecas en convenio, hasta que sea restituido a la biblioteca el material, pero no recibirán una multa en dinero como ocurría con anterioridad”.
la Subdirectora del SNBP, Paula Larraín agregó que “este es el resultado de un trabajo coordinado entre el Servicio Nacional de Patrimonio Cultural y la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, con miras a realizar un cambio muy esperado para resolver un problema histórico que no se encontraba en línea a nuestros objetivos estratégicos de brindar a todas las personas un acceso libre e igualitario, así como también, fomentar el acceso a los materiales y servicios de la biblioteca pública, estableciendo un sistema que no genere desigualdades e incentive el acceso efectivo a los servicios bibliotecarios que existen en el país”.
Es importante considerar que el cobro de las multas se elimina desde la fecha en que entra en vigencia el decreto publicado en el Diario Oficial, por lo que las multas generadas antes del 11 de agosto de 2023 deberán cobrarse en las mismas condiciones en las que se estaba haciendo con anterioridad.