TOP DE PUERTO MONTT CONDENA A 20 AÑOS DE PRESIDIO A AUTOR DE VIOLACIÓN Y ABUSO SEXUAL IMPROPIOS

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt condenó a P.A.B.A. a la pena única de 20 años de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados y reiterados de abuso sexual impropio (2), violación impropia (2) y violación propia. Ilícitos perpetrados entre 2012 y 2021.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Patricia Miranda Alvarado (presidenta), Rosario Cárdenas Carvajal (redactora) y Francisco del Campo Toledo– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que entre 2012 y 2021, en un domicilio ubicado en Puerto Montt y en reiteradas oportunidades, P.A.B.A. realizó actos de connotación y relevancia sexual y violó a sus hijas, nacidas en 2005 y 2007.

El tribunal, además, privó a P.A.B.A., de la patria potestad si la tuviere o inhabilitado para obtenerla, además de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confirieren respecto de las personas y bienes de las ofendidas, de sus ascendientes y descendientes, conservando todas las obligaciones legales cuyo cumplimiento vaya en beneficio de las víctimas o de sus descendientes; y dispuso la prohibición al condenado de visitar el domicilio, el lugar de trabajo o el establecimiento educacional de las víctimas y de aproximarse o tomar contacto con ellas o su familia y la obligación de abandonar el hogar común.

Asimismo, el tribunal aplicó a P.A.B.A. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más las accesorias especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda, de ser oído como pariente en los casos que la ley designa, la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.

Una vez que el fallo que ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.