El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro condenó a J.M.A.C. a la pena de 12 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de violación. Ilícito perpetrado en enero del año pasado, en la comuna de Ancud.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Loreto Yáñez Sepúlveda (presidenta), Fernanda Aguilar Berger y Elías Agüero Matamala (redactor)– aplicó, además, a J.M.A.C. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Asimismo, como medida de protección, el tribunal impuso al sentenciado la prohibición de aproximarse a la víctima por el lapso de 12 años, desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Además, ordenó que J.M.A.C. se someta a una terapia psicológica, de acuerdo a las letras b) y d) del artículo 9 de la ley 20.066, por el término de dos años.
A su vez, como medida de resarcimiento y protección en favor de la víctima, el tribunal ordenó oficiar al SernamEG de la Región de Los Lagos “a fin de que coordine, en el más breve plazo –a través de los organismos que estime pertinentes– el otorgamiento de asistencia psicológica y/o social a la víctima, si ella lo estimare necesario”.
Una vez que el fallo que ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la madrugada del 30 de enero de 2021, el acusado J.M.A.C. ingresó sin autorización al domicilio de su cónyuge, ubicado en la ciudad de Ancud, de quien se encontraba separado de hecho. Una vez al interior del inmueble, y aprovechando que la víctima se encontraba incapacitada para oponer resistencia, debido a que estaba dormida en su habitación, la violó, provocándole, además, lesiones, escoriaciones y eritemas.